Revista con la A

25 de mayo de 2018
Número coordinado por:
Guadalupe Huacuz
57

Mujeres, música y feminismo

Glosario

VIOLACIÓN

La violación es un tipo de acceso carnal no consentido, mediante el cual se produce la profanación del cuerpo de una persona que no ha podido o no ha tenido el ánimo de prestar el consentimiento para ejecutar dicho acto, producto de lo cual su integridad mental y/o física ha sufrido o pudo haber sufrido un ultraje. La violación tiene una importancia trascendental dentro del esquema jurídico mundial, siendo considerado un delito grave porque compromete una serie de tutelados que forman parte de los derechos fundamentales del ser humano. Quienes cometen este delito son denominados «violadores sexuales». Estos agresores hacen uso de la fuerza (física o emocional) para dominar o amedrentar a sus víctimas, con el fin de satisfacer su deseo o impulso sexual. Un factor determinante para que se tipifique el delito de violación es la falta de consentimiento por parte de la víctima. En el marco jurídico, la violación difiere de otros delitos sexuales tales como el estupro, el acoso sexual, el atentado contra el pudor y la zoofilia. Las circunstancias que rodean el acto se analizaran de acuerdo a las agravantes o atenuantes que existan en cada caso. Dentro de la doctrina jurídica se considera que han existido agravantes cuando concurren ciertas circunstancias tales como la autoridad del agresor sobre la víctima. Según el Convenio de Estambul, violación es cualquier agresión sexual NO consentida. Es decir, que para que se configure la violación es únicamente necesario un acceso carnal sobre la víctima sin que ésta haya presentado su consentimiento expreso.

CONVENIO DE ESTAMBUL

El Convenio de Estambul es una convención del Consejo de Europa cuyo objetivo es luchar contra la violencia que se ejerce contra las mujeres y la violencia doméstica. Dicha convención o convenio fue iniciado para su firma el 11 de mayo de 2011, en Estambul, Turquía. Sus objetivos son la prevención de la violencia, la protección de las víctimas y acabar con la impunidad de los perpetradores. El Convenio reconoce la violencia contra las mujeres como una violación de los derechos humanos. Aborda la violencia contra las mujeres a través de medidas destinadas a prevenir la violencia, proteger a las víctimas y perseguir a los culpables.

Hasta noviembre de 2015 el Convenio fue firmado por 40 países. El 12 de marzo de 2012, Turquía se convirtió en el primer país en ratificar la Convención, seguida por otros dieciocho países entre 2013 y 2015 (Albania, Andorra, Austria, Bosnia y Herzegovina, Dinamarca, Finlandia, Francia, Italia, Malta, Mónaco, Montenegro, Países Bajos, Polonia, Portugal, Serbia, Eslovenia, España y Suecia). El Convenio entró en vigencia el 1 de agosto de 2014.  A pesar de ser uno de los países signatarios, el gobierno de España aún, en mayo de 2018, no ha implementado los preceptos del Convenio en el marco jurídico y legal español. Las organizaciones feministas integradas en la Plataforma CEDAW Sombra España, a través de distintos informes, vienen denunciando los incumplimientos sistemáticos del Estado español en materia de violencia contra las mujeres y las niñas.

ACOSO SEXUAL

Es la intimidación o acoso de naturaleza sexual, o violación con promesas no deseadas o inapropiadas a cambio de favores sexuales. En la mayoría de contextos jurídicos modernos el acoso sexual es ilegal. La directiva 2002/73/CE del Parlamento Europeo define como acoso sexual: “la situación en que se produce cualquier comportamiento verbal, no verbal o físico no deseado de índole sexual con el propósito o el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo.” Cuando existen leyes referidas al acoso sexual, generalmente no prohíben bromas simples, comentarios indirectos o incidentes menores aislados, es decir, no imponen un «código cívico general». En el lugar de trabajo, el acoso puede considerarse ilegal cuando es tan frecuente o grave que crea un ambiente de trabajo hostil u ofensivo o cuando repercute de manera adversa en el empleo (como por ejemplo la víctima es despedida o degradada o cuando la víctima decide renunciar al trabajo). Sin embargo, la comprensión jurídica y social del acoso sexual varía según la cultura. El acoso sexual puede perjudicar a personas de ambos sexos pero estadísticamente la mayoría de denuncias son de mujeres. Los principales acosadores son hombres que ejercen este tipo de comportamiento en ambientes laborales, académicos, estudiantiles e incluso religiosos y familiares. Está considerado un acto delictivo, que es sancionado en función de su gravedad y que puede llevar incluso a la privación de libertad del acosador.

ABUSO SEXUAL

Hace referencia a cualquier actividad sexual entre dos o más personas sin consentimiento de alguna de ellas. El abuso sexual puede producirse entre personas adultas, de un adulto a un o una menor, o incluso entre menores, siempre que medie entre ellos una diferencia de edad entre 5 y 12 años.

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