Revista con la A

25 de mayo de 2019
Número coordinado por:
Lucía Melgar
63

Exiliadas y represaliadas del franquismo

Toda persona tiene derecho a la educación

Artículo 26

  1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
  2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos; y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
  3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

A día de hoy, lo primero que se me ocurre es que el lenguaje en el que se expresa no da cabida a las madres  ni a las niñas. Una revisión del lenguaje de esta Declaración no estaría de más.

Otra cuestión relativa a este artículo de la Declaración Universal de DD.HH., que me parece cuando menos confusa, es la que se expresa en el punto 3, que establece un derecho de elección de los padres a elegir el tipo de educación que quieren para sus hijos.

Quiero pensar que se debería referir a métodos de enseñanza, pero me queda la duda de si se refiere a distintas “ideologías”, en todo caso no lo aclara y permite, al menos en nuestro país, la pervivencia de colegios solo para chicos o solo para chicas, lo cual si es financiado por los propietarios de la institución, los padres y las madres que los utilizan, no presenta ningún problema, la cuestión que me inquieta es que con fondos públicos se subvenga al mantenimiento de colegios que segregan niños y niñas, lo que a mi parecer presenta una quiebra de la igualdad en que deben ser educados ambos sexos.

La amistad y la tolerancia entre las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, que la Declaración propone, no puede significar que las desigualdades relativas a la segregación por sexo sigan manteniéndose y menos con fondos a los que toda la ciudadanía contribuye a través de los impuestos.

 

REFERENCIA CURRICULAR

Rosario Segura Graiño  es Licenciada en Ciencias Políticas. Funcionaria de Carrera ha realizado su desempeño en el Instituto de la Mujer. Pertenece a la Fundación de las Mujeres por la Mediterranía y a la Red Transversal de Mujeres Científicas GENET del Consejo Superior de Investigaciones Científicas. En la actualidad es Secretaria General de la Asociación con la A.

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