Revista con la A

25 de enero de 2019
Número coordinado por:
Alicia Gil
61

Lenguaje no sexista contra el sexismo, la desigualdad y la exclusión

Lenguaje inclusivo y Constitución española

Maria Josep Cuenca

Entre los debates que la Carta Magna suscita, se encuentra el del lenguaje no inclusivo que la caracteriza, propio del momento en el que se redactó. No hay que olvidar que hace 40 años no se podían casi ni imaginar usos alternativos al masculino genérico

En 2018 se han celebrado los 40 años de la Constitución española. Entre los debates que la Carta Magna suscita, se encuentra el del lenguaje no inclusivo que la caracteriza, propio del momento en el que se redactó. No hay que olvidar que hace 40 años no se podían casi ni imaginar usos alternativos al masculino genérico como los que ahora escuchamos o leemos en la arena política. El debate no existía en el imaginario colectivo, ni de hombres ni de mujeres, fueran de derechas o de izquierdas. Actualmente algunas voces reclaman una modificación formal del texto que avance en cuanto al uso de un lenguaje no sexista o igualitario, más acorde con los tiempos actuales. Con todo, el debate resulta polémico.

Desde la RAE ha habido diferentes manifestaciones en contra del lenguaje no sexista (véase, por ejemplo, RAE/Bosque 2012, www.rae.es/sites/default/files/Sexismo_linguistico_y_visibilidad_de_la_mujer_0.pdf), basándose en argumentos de diferente índole, como los siguientes:

“el masculino genérico no debe rechazarse, ya que es un uso perfectamente correcto en la gramática del español; la utilización de ciertos mecanismos para evitarlo crean frases ambiguas, imprecisas o anómalas, textos impronunciables e inadecuados; el cambio debe darse en las prácticas sociales, no en el lenguaje.”

Y concluyen:

“No creemos que tenga sentido forzar las estructuras lingüísticas para que constituyan un espejo de la realidad, impulsar políticas normativas que separen el lenguaje oficial del real, ahondar en las etimologías para descartar el uso actual de expresiones ya fosilizadas o pensar que las convenciones gramaticales nos impiden expresar en libertad nuestros pensamientos o interpretar los de los demás. (RAE/Bosque 2012: 17)”

Si bien estos argumentos son sólidos y válidos, no se puede olvidar que hay personas que no se sienten identificadas con un texto en el que las mujeres son invisibles –invisibilizadas-. Las sociedades, y con ellas las lenguas, cambian y evolucionan para adecuarse a nuevas situaciones y sensibilidades. El uso de mecanismos lingüísticos de visibilización de las mujeres se hace cada vez más frecuente en el discurso político y en el ámbito administrativo, especialmente.

La Constitución debería representar, en el fondo y en la forma, a una gran mayoría de personas y para ello plantearse ciertas adaptaciones formales parece un paso importante

La Constitución debería representar, en el fondo y en la forma, a una gran mayoría de personas y para ello plantearse ciertas adaptaciones formales parece un paso importante, si no necesario. La cuestión es que tal adaptación debería hacerse de manera meditada e intentando evitar los problemas que se apuntaban en el documento de la RAE. Para ello hay que utilizar diferentes mecanismos alternativos al masculino genérico, que no necesariamente habría que erradicar del todo, adecuados según el contexto y suficientemente variados para no resultar estridentes a quien no está acostumbrado a ellos o, en principio, se puede manifestar reticente. En ese sentido, orientaciones como las que hemos plasmado en la Guía de lenguaje igualitario de la Universitat de València (www.uv.es/igualtat/GUIA/GUIA_CAS.pdf; para la versión en catalán, véase www.uv.es/igualtat/GUIA/GUIA_VAL.pdf ) intentan concretar dicho punto intermedio. En esta guía, los mecanismos lingüísticos de visibilización se explican, valoran (ventajas, inconvenientes y restricciones de uso) y se ejemplifican.

Desde esta perspectiva, analizaremos, a continuación, algunos ejemplos de usos de masculino genérico en la Constitución de 1978 y valoraremos posibles alternativas.

Artículo 39.4 Los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos.

En un caso como el anterior, el uso del desdoblamiento (“Los niños y las niñas”) parece la solución más natural. No obstante, cabe tener en cuenta que en otros contextos la acumulación de desdoblamientos, especialmente si van más allá del sustantivo en cuestión y afecta determinantes o complementos, puede dificultar la legibilidad. Analicemos un fragmento del artículo 27.7.

Artículo 27.7. Los profesores, los padres y, en su caso, los alumnos interven­drán en el control y gestión de todos los centros sostenidos por la Administración con fondos públicos, en los términos que la ley esta­blezca.

Una solución como “Los profesores y las profesoras, los padres y las madres y, en su caso, los alumnos y las alumnas intervendrán…” es posible, pero ciertamente complica el texto. Alternativas como coordinar los artículos (“los y las alumnas”) resultan más marcadas y contrarias a los principios gramaticales generales, por los que no se coordinan artículos o se debe mantener la concordancia en género. Sería mejor recurrir a una solución como “Los profesores y profesoras, los progenitores y, en su caso, los alumnos y las alumnas”.

En esta misma línea, parece innecesario desdoblar un participio como el que aparece en el artículo 28.1.

Artículo 28.1. […] Nadie podrá ser obligado a afiliarse a un sindicato.

El mantenimiento del masculino genérico, en vez del desdoblamiento (“obligado u obligada”) es la solución natural aplicada a un pronombre neutro como nadie, que no activa una lectura excluyente.

En otros contextos, el uso de genéricos o colectivos es de fácil aplicación.

Artículo 29.1. Todos los españoles tendrán el derecho de petición individual y colectiva, por escrito, en la forma y con los efectos que determine la ley.

En el caso tan repetido de los españoles, la solución de usar “personas de nacionalidad española” puede ser aplicada de manera sistemática u ocasional.

En síntesis, la adaptación de un texto como la Constitución debería marcarse como objetivo usar un lenguaje inclusivo que resulte aceptable y natural para una gran parte de la ciudadanía, que no vulnere las normas de la gramática y que no dificulte la comprensión del texto. La aplicación más o menos sistemática del desdoblamiento o de los colectivos (como ciudadanía o profesorado) genera con frecuencia textos marcados y de difícil lectura. Las soluciones han de ser variadas y adecuadas a cada contexto concreto, para lo que el asesoramiento de lingüistas es un elemento clave.

No hay que olvidar que la Constitución no es un texto de autor, en el que cada persona pueda marcar el discurso a conveniencia o de acuerdo con un posicionamiento ideológico, como sucede en el caso del discurso parlamentario, por ejemplo. Ha de ser un discurso suficientemente neutro pero representativo, a su vez. Instituciones como las academias de la lengua pueden retrasar o limitar el avance del lenguaje no sexista, pero, si la sociedad demanda este tipo de cambios, acabarán imponiéndose, por el simple hecho de que lo marcado en ciertos ámbitos, como el político o el administrativo, puede llegar a ser el uso sistemático del masculino genérico.

 

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

– Cuenca, M. Josep, M. Quilis & M. Albelda (2011) Guia d’ús per a un llenguatge igualitari (valencià). València: Universitat de València / Tecnolingüística, S.L. www.uv.es/igualtat/GUIA/GUIA_VAL.pdf,  acceso 7 de julio de 2016.

– Quilis, M., Albelda, M. & Cuenca, M. Josep (2011) Guía de uso para un lenguaje igualitario (español). València: Universitat de València / Tecnolingüística, S.L. www.uv.es/igualtat/GUIA/GUIA_CAS.pdf, acceso 7 de julio de 2016.

– RAE/Bosque, Ignacio (2012) “Sexismo lingüístico y visibilidad de la mujer” http://www.rae.es/sites/default/files/Sexismo_linguistico_y_visibilidad_de_la_mujer_0.pdf, acceso 7 de julio de 2016.

 

REFERENCIA CURRICULAR

Maria Josep Cuenca es catedrática del departamento de Filología Catalana de la Universitat de València. Su investigación, teórica y aplicada, se centra en la relación entre gramática y pragmática y en el análisis del discurso. Es coordinadora del área de traducción de la spin-off Tecnolingüística, S.L.

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