Revista con la A

25 de enero de 2016
Número coordinado por:
Bethsabé Huamán Andía
43

Psicología, Psicoanálisis y Psicoterapia con perspectiva de género

Todo ser humano tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica

ddhhArtículo 6

Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

La expresión: derecho, en todas partes, que se manifiesta en este artículo es una referencia evidente, una vez más, a la universalidad de la Declaración que comentamos en cada número de la revista con la A.

Así pues, tengo que insistir en la desigual vigencia geográfica de estos mandatos que, cada día, se constata en una mera aproximación a las noticias. Hechos tan banales como que las mujeres puedan conducir un automóvil no se pueden llevar a cabo en países que, por otra parte, son ultramodernos en construcción, en consumos de alta gama, etc. ¿Qué late en esa prohibición? Entre otras muchas causas, el no reconocimiento de su capacidad como personas físicas y jurídicas.

Por otra parte y en un plano más de fondo, la personalidad jurídica significa el reconocimiento de derechos y libertades de acuerdo con los diferentes ordenamientos jurídicos y, por encima y sobre todo, la capacidad de desarrollar actos jurídicos con repercusiones públicas y privadas.

Me explico, derecho a elegir la persona con la que queremos compartir nuestra vida y el tiempo que queremos que dure este compromiso, toda la vida, un tiempo limitado.

Derecho a mantener relaciones de todo tipo desde la libertad y la autonomía.

Derecho a disponer de patrimonio constituido por una misma o heredado.

Derecho a votar y ser elegida

Tantos otros que se podrían mencionar.

Sin embargo, en esta ocasión, he querido mencionar éstos solo, que parecen tan básicos y que en muchos lugares del mundo no se pueden ejercer por las mujeres.

Y no solamente por esa razón los he señalado y, permitidme una pequeña reflexión personal, también los he escrito, porque ayer fui a ver la película Sufragistas, de la directora inglesa Sarah Gavron -que recomiendo-, y al final de la proyección aparecía una lista de las fechas en las que se había conseguido el voto para las mujeres.

Especialmente quería ver si se reflejaba cómo, en este país que es España, las mujeres pudieron acceder a este derecho de ciudadanía en el año 1931.

Mi tristeza fue doble ya que se omitía este dato y, además, me di cuenta de la fragilidad en el mantenimiento de los derechos para las mujeres, ya que después de ese avanzado logro no volvimos a tener ese derecho hasta el año 1977, en que se produjeron las primeras elecciones libres para la redacción de la Constitución de 1978.

Nunca debemos olvidar que todos los días se ponen en cuestión, no solo nuestra personalidad jurídica sino nuestra libertad, que no se puede ejercer si no se reconoce la anterior.

Hechos como los ocurridos la última noche del año 2015 en los alrededores de la Catedral de Colonia, en la que se produjeron agresiones, de todo tipo, a mujeres por el mero hecho de serlo, causan cuando menos una gran inquietud. Debe haber claridad, no se deben manipular y deben tener repercusiones jurídicas.

 

Rosario Segura

Rosario Segura

REFERENCIA CURRICULAR

Rosario Segura Graiño es Licenciada en Ciencias Políticas. Funcionaria de Carrera ha realizado su desempeño en el Instituto de la Mujer. Pertenece a la Fundación de las Mujeres por la Mediterranía y a la Red Transversal de Mujeres Científicas GENET del Consejo Superior de Investigaciones Científicas. En la actualidad es Secretaria General de la Asociación con la A.

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