Revista con la A

23 de marzo de 2016
Número coordinado por:
Gloria Poyatos Matas
44

Juezas en femenino

Juzgados especializados en Derecho Deportivo

deportistasCon un volumen de negocio en España en torno al 2% del PIB, el fenómeno deportivo merece una atención especial desde muchos puntos de vista: económico, social, ocio, salud, turismo y otros aspectos más o menos complejos que llenan periódicos, foros, libros, seminarios y congresos monográficos que profundizan en cada una de sus vertientes. Sin embargo, una de ellas es la que me gustaría resaltar, la vertiente jurídica.

La compleja legislación deportiva de nuestro país, como la Ley del Deporte con sus decretos y reglamentos que la desarrollan, las leyes de las Comunidades Autónomas, a su vez con sus desarrollos y modificaciones correspondientes, tienen que estar en constante evolución para ir acorde con los tiempos y en muchas ocasiones se ven desbordadas por los acontecimientos.

Hasta tal punto esto es así, que en algunos casos ha habido que promover y aprobar nuevas leyes con muy poco espacio entre una y otra, que incluso modifican leyes orgánicas: La “Ley orgánica 7/2006 de 21 de noviembre, de protección de la salud y de lucha contra el dopaje en el deporte”, posteriormente modificada y complementada por la “Ley orgánica 3/2013 de 20 de junio, de protección de la salud del deportista y lucha contra el dopaje en la actividad deportiva”.

A estas leyes se suma otra como la “Ley 19/2007 de 11 de julio contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte”, y otras de carácter internacional como el “Código mundial antidopaje” modificado cada cuatro años, las “Listas de sustancias dopantes” modificadas anualmente, ambas promulgadas por la Agencia Mundial Antidopaje y de obligado cumplimiento debido, por una parte, a los convenios internacionales suscritos por nuestro país y, por otra, por la inclusión de dicha normativa en nuestra legislación.

El asunto se complica más cuando vemos que las normativas de las Federaciones Internacionales deportivas, también de obligado cumplimiento en su ámbito, so pena de quedar las federaciones deportivas españolas excluidas de las competiciones internacionales oficiales, están en algunos casos en contraposición con la legislación española, por ejemplo, normativas respecto de la elección del presidentes de las federaciones, creando un conflicto de imposible solución con el riesgo que conlleva.

Como vemos, una característica de la legislación deportiva es su permanente cambio, lo que supone una dificultad añadida para nuestros Tribunales de Justicia. Los conflictos deportivos deberían poder solucionarse en un tiempo razonable pues, en muchos casos, su dilación produce una sentencia de “obligado incumplimiento” como una injusta pérdida de categoría en un deporte de equipo, un perjuicio irremediable para el deportista o un hazmerreír y descrédito de carácter internacional, como por ejemplo ocurrió con la Operación Puerto.

Llegadas a este punto, nos podríamos preguntar si no sería necesaria la especialización de los tribunales que juzgan las causas abiertas referentes al mundo del deporte y, muy especialmente, en lo referente al terreno del dopaje, asunto, este, verdaderamente complejo y de transcendencia internacional.

La creación de una Fiscalía específica destinada a estos temas sabemos que no es del los fiscales, pero habría que explorar la posibilidad, con las modificaciones legislativas oportunas, de que la creación de Juzgados especializados en asuntos deportivos, sobre todo los que están relacionados con el espinoso tema del dopaje, supondría un conocimiento más profundo de la legislación vigente y, por tanto, una mayor agilidad en las resoluciones.

Cada día son más los despachos de abogacía especializados en derecho deportivo, y esto es porque han comprendido la importancia y complejidad del mismo. Creemos que es hora de dar un paso adelante en una materia de tanta importancia, y de cada vez más repercusión nacional e internacional.

mar-de-villa-2REFERENCIA CURRICULAR:

María del Mar de Villa Molina es Licenciada en Derecho. Procuradora de los Tribunales, Procuradora de la Rota, Mediadora y Árbitro Judicial, Huissier de Justicia y Profesora de Post Grado. Vicepresidenta de la Asociación Española de Mujeres Juristas y Vocal de distintas asociaciones de Mujeres empresarias como Aseme, Atrime y miembro de la comisión de Ayuda al desarrollo y Cooperación internacional de CEIM y de la Comisión Mujer y Deporte del Comité Olímpico Español.

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